Un voto en blanco y una boleta electoral con la cual expresarnos cuando no nos sentimos representados, aunque quizás similares en su funcionalidad, no son la misma cosa.
El voto en blanco, como tal, no esta contemplado, no hay una boleta sin ningún tipo de inscripción la cual ingresar en su sobre, y por tanto, no existe. Esa es la realidad. Y deberemos recordar, que la destrucción de un sobre o un boleta electoral, es un delito susceptible de sanción. Puesto que ambos, conforman una unidad. La unidad, sobre-boleta electoral, es una herramienta que nos pertenece, y como tal, es propiedad del estado en su conjunto.
El artículo 37 de nuestra Constitución, establece claramente que el voto nos es “obligatorio”. La herramienta implementada para cumplir con dicha obligación es la unidad sobre-boleta electoral. Destruir esa unidad en cualquiera de sus partes, es un delito. Por tanto, la destrucción de la unidad, también lo es.
Al no ingresar una boleta electoral dentro de nuestro respectivo sobre, estamos destruyendo la unidad denominada “voto”, la cual es una herramienta propiedad del estado en su conjunto, creada por nosotros para cumplir con un mandato expreso en o por nuestra Constitución, en donde se declara al voto obligatorio. Por tanto, no se trata solo de hacernos presentes, sino de cumplir con la acción de votar, razón esta, por la cual no podemos excusarnos de dicha acción, salvo casos de fuerza mayor, ya contempladas. Y razón por la cual, un voto en blanco pasa a ser un delito “culturalmente” aceptado ante la imposibilidad cierta de expresarnos adecuadamente, y ante la imposibilidad legal de establecer o corroborar, certificar, cuando este delito se produce, debido al secreto electoral.
O sea, si Constitución en mano nosotros pudiéramos demostrar que usted no ingresó ninguna boleta en el sobre con el cual debió expresarse, deberíamos exigir que se encontrara dicha acción como susceptible a sanción, ya que el artículo 37 indica expresamente la obligatoriedad del sufragio, entendido este como la acción de votar, y esta se concreta a través del ingreso de una boleta electoral junto a su respectivo sobre, el cual resguarda su confidencialidad, dentro de la urna respectiva.